Forma de iniciación: De Oficio [] A instancia de parte [X]
Plazo de presentación: El plazo que establezcan las bases de la convocatoria.
Requisitos previos: Con carácter general, y salvo circunstancias especiales que eximen del cumplimiento de alguno de los requisitos que seguidamente se relacionan, se equiere que la persona que desee ser beneficiaria de las Ayudas de Emergencia Social reúna los siguientes requisitos:
a) Ser vecinos/as de El Sauzal. Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en el municipio al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud de la Ayuda.
b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ilustre Ayuntamiento.
c) Encontrarse en un estado o situación tal que justifique el otorgamiento de la ayuda, debidamente acreditado en el Informe social.
d) Que no existan o se hayan agotado todas las posibilidades de obtención de ayudas por otros cauces.
e) No disponer de recursos suficientes, en los términos establecidos en su normativa reguladora, para afrontar cualquiera de los gastos que la ayuda deba cubrir entendiendo que no disponen de recursos suficientes. No superar los límites de ingresos establecidos a continuación, una vez descontados los gastos derivados de guardería y pensión alimenticia, así como de alquiler o hipoteca de la vivienda, tomando como periodo de referencia los tres meses anteriores a la fecha de solicitud y hasta un máximo de 500 € para las hipoteca, de 300€ para los alquileres, e igual cantidad para guardería y pensión alimenticia.
El 90% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos múltiples) mensual en el supuesto de unidades familiares compuestas por un solo miembro.
El 110% del IPREM mensual en el supuesto de unidades familiares compuestas por dos miembros. Se incrementaría de forma acumulativa en un 10% del IPREM por cada miembro que componga la unidad familiar.
f) No disponer de bienes muebles o inmuebles, distintos a la vivienda habitual, sobre los que se posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo o cualquier otro que, por sus características, valoración, posibilidad de explotación o venta, indique la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la ayuda.
g) En los casos en que se solicite ayuda para alquiler será necesario además:
Que el contrato de arrendamiento esté a nombre del solicitante de la ayuda. Excepcionalmente, se podrán atender aquellos otros casos en que las características son derivadas de separaciones de pareja que puedan ser demostradas.
Estar inscritos como solicitante de vivienda en el registro de demandantes de vivienda.
Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento, en la Oficina de Ravelo, por correo postal o a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital (así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).